¿Cuánto me corresponde de indemnización si me despiden? Cálculo paso a paso
La mayoría de los trabajadores no sabe exactamente qué le corresponde tras un despido sin causa. Conocer los rubros es el primer paso para no aceptar menos de lo que la ley te garantiza.
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Usá nuestra calculadora de indemnización con tu sueldo real y tu antigüedad. Es gratuita, no guarda tus datos y al final podés enviarnos el resultado por WhatsApp para revisarlo juntos.
La indemnización por antigüedad (lo más importante)
La fórmula básica es 1 mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a 3 meses. La base de cálculo es la "mejor remuneración mensual, normal y habitual" del último año, no el sueldo básico ni el de los últimos meses si fueron menores. El panorama completo del despido lo desarrollamos en despidos e indemnizaciones.
Importante: si cobrás parte en negro, hay que reclamar la base real, no solo la registrada. La diferencia puede ser enorme.
El preaviso
Si el empleador no te avisó con tiempo, te corresponde el preaviso en dinero:
- 1 mes de sueldo si tenés hasta 5 años de antigüedad
- 2 meses si superás los 5 años
El preaviso no aplica en el período de prueba (los primeros 3 meses).
La integración del mes de despido
Si te despidieron a mitad de mes, te tienen que pagar los días que faltan hasta fin de mes. Cálculo: sueldo dividido 30, multiplicado por los días faltantes.
SAC proporcional (aguinaldo)
Te corresponde el aguinaldo proporcional al período trabajado del semestre. Cálculo simple: la mitad del mejor sueldo del semestre, dividido por 6 y multiplicado por los meses trabajados.
Vacaciones proporcionales no gozadas
Días de vacaciones que te quedaban del año, pagados en dinero. La cantidad depende de la antigüedad: 14 días para menos de 5 años, 21 días de 5 a 10 años, 28 días de 10 a 20, 35 días si superás los 20.
Otros rubros que pueden corresponder
- Horas extras impagas
- Diferencias salariales por categoría mal asignada
- Daños por falta de registración (si trabajaste en negro o con sueldo "en gris")
- Indemnizaciones agravadas en casos especiales (despido durante embarazo, despido discriminatorio, despido durante licencia)
Lo que la nueva Ley 27.802 cambió
La Ley 27.802 de Modernización Laboral (sancionada en febrero de 2026) introdujo varios cambios relevantes:
- La indemnización del art. 245 ahora tiene un piso del 67% de la remuneración cuando se aplica el tope convencional
- El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es un nuevo sistema de financiamiento para los empleadores, pero no afecta tu derecho a cobrar
- Los créditos laborales se actualizan con IPC + 3% anual
Un ejemplo con números
Supongamos un trabajador con una mejor remuneración mensual, normal y habitual de $1.800.000 y una antigüedad de 3 años y 5 meses, despedido sin causa el día 10 del mes:
- Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT): la fracción de 5 meses supera los 3 meses, así que cuenta como un año más → 4 períodos × $1.800.000 = $7.200.000.
- Preaviso omitido (arts. 231 y 232 LCT): antigüedad menor a 5 años → 1 mes = $1.800.000.
- Integración del mes de despido (art. 233 LCT): los días que faltan del 10 hasta fin de mes = $1.200.000 aproximadamente.
- A esto se suman los días trabajados del mes, el SAC proporcional y las vacaciones proporcionales.
Total estimado: más de $10.200.000, sin contar proporcionales.
Dos aclaraciones importantes: la base salarial tiene un tope (tres veces el salario promedio del convenio aplicable), pero nunca puede quedar por debajo del 67% de tu remuneración real (art. 245 LCT); el ejemplo asume que el tope no opera. Y si tu sueldo tenía una parte en negro, la base es tu remuneración real completa, no la registrada — lo explicamos paso a paso en me despidieron y estaba en negro.
Todos estos rubros deben figurar en tu liquidación final: conviení revisarla antes de firmar, porque es donde más diferencias se pierden.
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Cada situación laboral es única. Si querés saber qué te corresponde y cuáles son tus opciones, escribinos. La consulta inicial es gratuita y sin compromiso.